La CNBV indicó que, de esas 46 plataformas, 14 ya han recibido la autorización definitiva y 32 cuentan con el aval sujeto a condición suspensiva, es decir, que requieren cumplir con ciertos requisitos para recibir el permiso definitivo de la autoridad.
La Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) informó que son 46 las plataformas que han recibido el visto bueno del Comité Interinstitucional para operar al amparo de la Ley para Regular las Instituciones de Tecnología Financiera, también conocida como Ley Fintech.
Este martes, la CNBV indicó que, de esas 46 plataformas, 14 ya han recibido la autorización definitiva y 32 cuentan con el aval sujeto a condición suspensiva, es decir, que requieren cumplir con ciertos requisitos para recibir el permiso definitivo de la autoridad.
“El Comité Interinstitucional ha emitido opinión favorable respecto a la autorización de cuarenta y seis sociedades”, informó la CNBV.
De acuerdo con la normativa, el Comité Interinstitucional se compone por miembros de la CNBV, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y el Banco de México y es uno de los principales filtros para decidir si las plataformas son autorizadas o no.
Cabe señalar, que hasta la fecha, de las 14 autorizaciones definitivas que ha otorgado el regulador, 12 han sido publicadas en el Diario Oficial de la Federación, por lo que faltarían dos más, de este universo, de publicarse.
Aquí la lista de las 12 autorizaciones que se han publicado en el DOF:
“A esta fecha, se han otorgado catorce autorizaciones con estas características, de las cuales, seis son entidades que ya operaban al amparo del artículo octavo transitorio de la Ley para Regular a las Instituciones de Tecnología Financiera (Ley Fintech), y ocho corresponden a empresas de nueva creación, por lo que previo a su inicio de operaciones y su incorporación al PES (padrón de entidades supervisadas), deben acreditar el cumplimiento de los requisitos que enuncia el artículo 40 de la Ley Fintech”, detalló el regulador.
La CNBV apuntó que los plazos para la resolución de sus solicitudes se llevan a cabo conforme a la normatividad aplicable y sus tiempos de autorización corresponden al caso particular de cada solicitante.
Fuente: EL ECONOMISTA
Autor: Fernando Gutiérrez