CNBV busca dar a sofipos claridad sobre garantías de crédito

El fin es reforzar su marco legal respecto a la integración de expedientes.

Con el fin de que las sociedades financieras populares (sofipos) tengan más claridad ante las garantías que pueden incluir al momento de otorgar un crédito, y así tener un mejor cálculo de reservas crediticias, la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) publicó para su consulta el proyecto de modificación a las disposiciones de carácter general aplicables a estas entidades.

De acuerdo con el documento, que se encuentra en la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria (Conamer), con esta disposición se tiene la finalidad de lograr un sano desarrollo de las sofipos, así como de las financieras comunitarias (sofincos), al reforzar su marco jurídico respecto a la integración de expedientes para prever que se documenten las garantías constituidas en su favor de los créditos otorgados.

Para Rebeca Álvarez, directora socia de la firma Loxical, las sofipos al ser entidades cuya colocación de crédito proviene, en su mayoría, de la captación de ahorro que realizan, es necesario que se reconozcan y se tengan las reglas respecto a las garantías que pueden incluir en el otorgamiento de crédito, para la recuperación del mismo e incluso que relacionen a terceros, como una afianzadora o una aseguradora.

“El hecho es poder identificar cuáles son las medidas que ya están aplicando las sofipos para disminuir o mitigar los riesgos. Ese es el punto toral: reconocer y mitigar riesgos que pueda haber frente a su actividad crediticia”, acotó Álvarez.

En casos recientes, algunas sofipos no han podido cumplir con sus compromisos frente a sus ahorradores, con el argumento de que la colocación que realizaron no se pudo recuperar. Tal es el caso de Proyecto Coincidir, que, según sus directivos, el dinero de los ahorradores se colocó en créditos del sector rural.

Álvarez destacó que actualmente la regulación reconoce las garantías para la calificación de cartera y cálculo de requerimientos de capital; sin embargo, con esta nueva disposición se busca que existan las reglas sobre otro tipo de garantes, no sólo las hipotecarias o los depósitos de los clientes.

“Se puede utilizar un tercero para que responda frente al incumplimiento, y esto le da tranquilidad a la CNBV de que no se va a llegar a un grado de insolvencia, ni se va a poner en riesgo la captación”, acotó.

Fuente: EL ECONOMISTA
Autor: Fernando Gutiérrez