La autoridad actualizará los lineamientos donde se pedirán más requisitos a los auditores externos y traza el camino para la elaboración de informes.
Con el fin de actualizar los lineamientos respecto a los informes de auditorías de las entidades financieras en materia de prevención de lavado de dinero y financiamiento al terrorismo, la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) está por publicar un documento con las reglas ya actualizadas, las cuales tendrán más requisitos para su cumplimiento.
En un documento que se encuentra en la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria (Conamer), la autoridad detalla de qué forma serán dichas actualizaciones respecto a los informes de auditorías, así como los nuevos requisitos que deberán de contar estos documentos, así como los auditores que realicen estos documentos que forman parte del esquema de prevención de lavado de dinero y financiamiento al terrorismo de cada entidad.
“El informe de auditoría tiene por objeto brindar a los sujetos supervisados la información necesaria para adoptar las medidas que permitan hacer más eficientes sus procesos, mecanismos y herramientas para prevenir operaciones con recursos de procedencia Ilícita y financiamiento al terrorismo”, detalla la CNBV en el documento que está en Conamer.
Respecto a los requisitos que debe de reunir el auditor que realice el informe, la autoridad solicitará más obligaciones, como, por ejemplo, que éstos cuenten con al menos un nivel de estudios equivalente a la licenciatura y tener experiencia de al menos tres años en temas de prevención, detección y reporte de operaciones en materia de lavado de dinero y financiamiento al terrorismo.
“En caso de no tener el nivel de estudios señalado... tener experiencia de al menos cinco años”, destaca el documento.
En las reglas actuales, sólo se piden seis obligaciones para los auditores; sin embargo, con la actualización de lineamientos que publicaría la CNBV en el Diario Oficial de la Federación (DOF), se solicitarían al menos nueve requisitos, entre los que destacan, no formar parte de la estructura accionaria ni de los órganos de gobierno, ni ser oficial de cumplimiento, funcionario, apoderado o empleado de la entidad financiera a la que preste sus servicios.
En el documento que se encuentra en la Conamer, la CNBV plantea los requisitos que deberá de contar el informe de auditoría de las entidades del sistema financiero, como por ejemplo, un cuestionario inicial de conocimiento de la entidad supervisada.
Una vez que el documento sea publicado en el DOF, se abrogarán los lineamientos establecidos por dicha comisión en enero del 2017.
Fuente: Documento Conamer.
Fuente: EL ECONOMISTA
Autor: Fernando Gutiérrez