Uno de los seis principios de la ley para Regular las Instituciones de Tecnología Financiera, conocida como Ley Fintech, es proteger al consumidor y en ese sentido la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef) comenzó con su labor en aras de salvaguardar los intereses de los clientes de las plataformas que hasta el momento han sido autorizadas.

En entrevista, Óscar Rosado Jiménez, presidente de la Condusef, indicó que, en línea con la autorización de más plataformas, esta autoridad comenzó con su labor en dos sentidos: la inscripción de éstas en el Sistema de Registro de Prestadores de Servicios Financieros (Sipres) y su supervisión en materia de transparencia hacia el público, donde se han encontrado distintas fallas por parte de algunas firmas.

"Como nuevos participantes en el Sistema Financiero Mexicano, las (fintech) se van adentrando a un mecanismo de regulación de los sistemas financieros. La regulación de los sistemas financieros tiene su grado de complejidad por lo que el regulador busca dar certeza al funcionamiento del sistema y proteger los intereses del público usuario", detalló Rosado Jiménez.

Respecto a la inscripción en el Sipres, Rosado Jiménez indicó que actualmente la mayoría de las 34 plataformas autorizadas bajo la Ley Fintech (20 Instituciones de Fondos de Pago Electrónico y 14 de Financiamiento Colectivo) ya cumplió para estar en el registro, que sirve para identificar a las entidades reguladas por las autoridades financieras.

El Sipres, al final de la historia, es un padrón donde están las instituciones financieras autorizadas por el Estado", acotó.

Mayor transparencia

Una de las acciones de Condusef que más incide en la protección al usuario, es la vigilancia de la transparencia que alguna entidad financiera tiene con su clientela. En este sentido, dicha Comisión en este año comenzó la supervisión al respecto y hasta el momento seis entidades han sido supervisadas.

De acuerdo con Rosado Jiménez, los principales hallazgos que ha encontrado el organismo en estas seis firmas, tres de Fondos de Pago Electrónico (IFPE) y tres de Fondeo Colectivo (IFC), son

Falta de claridad en el nombre como fue informado a los usuarios, para su correcta identificación.

El nombre comercial del producto no está claro.

Poca transparencia respecto a las comisiones por producto o servicio financiero que ofrecen.

Omisión de información para ubicar el contrato en el Registro de Contratos de Adhesión.

No hay claridad sobre restricciones y uso de términos y condiciones de las plataformas.

Cuando se caduca la sesión del usuario, no se informa sobre la advertencia de la inactividad y el límite de tiempo para iniciar sesión.

No hay información respecto al Buró de Entidades Financieras de la Condusef.

"El tema de fondo aquí es lo que señala la Ley de Transparencia y Ordenamiento de Servicios, que lo que busca es que el usuario tenga la información suficiente, completa, veraz, que le permita tomar las decisiones correctas y que más le convengan a sus finanzas personales", explicó Rosado Jiménez.

Lo que queremos es que se contenga toda la información necesaria (en las plataformas) para que el usuario tenga el mayor grado de información posible, que no haya sorpresas", añadió el funcionario.

De acuerdo con el presidente de la Condusef, si bien la supervisión que realiza el organismo a su cargo a las plataformas fintech autorizadas es muy similar a la vigilancia que se hace en otros sectores del sistema financiero, existen algunas diferencias mínimas al tratarse de entes totalmente digitales como, por ejemplo, que las quejas contra estas instituciones se realicen de forma totalmente remota.

Entidades del octavo transitorio

Cuestionado sobre las atribuciones de la Condusef a las entidades que operan bajo el artículo octavo transitorio del marco legal, es decir que ya tenían funciones antes de la Ley Fintech y que esperan su aval para operar al amparo de este marco normativo, Rosado Jiménez indicó que la normativa es clara y hasta que no sean autorizadas, en definitiva, esta comisión no tiene injerencia sobre dichas entidades.

"El nombre de fintech así como llamarse banco, son términos reservados, entonces ha habido un abuso en la terminología, pero fintech en este país nada más hay 34 (hasta el momento) y esas son las que están reguladas y supervisadas por el Estado; aquella persona que tenga un tema con alguien que no esté en nuestro padrón de empresas autorizadas, no tenemos atribuciones", comentó el funcionario.

"Ahí - agregó- se entra un ámbito del tema comercial o mercantil y tendría que irse a la Procuraduría Federal del Consumidor, a la fiscalía o tribunales, dependiendo de cuál sea el orden".

De acuerdo con los números de la Condusef, en el 2021 el organismo registró 29 controversias de fintech, todas de Instituciones de Fondeo Colectivo, en materia del Registro de Despachos de Cobranza, así como de gestiones de cobranza; mientras que, de enero a abril de este año, fueron 40 en IFC y 2 en IFPE.

Rosado Jiménez informó que el organismo ya ha emitido sanciones a este tipo de empresas. "Ya hemos sancionado y la invitación a las fintech autorizadas, es remarcarles que parte de su modelo de negocio es tener áreas de cumplimiento robustas y sólidas".

Fuente: EL ECONOMISTA
Autor: Fernando Gutiérrez