Las empresas a que se les niegue la autorización, no pueden abrir nuevas cuentas y tienen que encaminar el fin de sus operaciones.
Las autoridades del sistema financiero continúan con las autorizaciones de empresas que buscan el aval para operar al amparo de la Ley para Regular las Instituciones de Tecnología Financiera (Ley Fintech), pero también han rechazado proyectos de instituciones que quieren apegarse a esta normativa.
El viernes pasado, la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV), por medio de la Secretaría de Hacienda, publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) la autorización de Crowd Up Mex, S.A.P.I. de C.V. para operar como institución de fondeo colectivo, al amparo de la Ley Fintech, con lo que ya son 19 las plataformas autorizadas de manera definitiva por el regulador.
“La institución estará sujeta a la supervisión de la CNBV y del Banco de México, en el ejercicio de sus respectivas atribuciones, así como de las demás autoridades financieras competentes en los términos que las leyes dispongan”, se puede leer en el oficio publicado.
En septiembre, la CNBV emitió una sanción contra Crowd Up Mex, por 2.6 millones de pesos por infringir la Ley FIntech en el sentido de que difundió información que inducía al error.
Con dicha autorización, son nueve las plataformas de fondeo colectivo que hasta el momento han obtenido su autorización. Se trata de Fundary, Likideo MX, BXL Fintech, Doopla, Prestadero, M2Crowd, Cien Ladrillos, Play Business y Crowd Up Mex.
En lo que respecta a la otra figura principal que regula la Ley Fintech, que son las instituciones de fondos de pago electrónico o carteras digitales, hasta el momento son 10 las plataformas autorizadas, como NVIO Pagos, Trafalgar Digital, BRX Payments, Inguz Digital, BKBN, Tu Dinero Digital, Sistema de Transferencias y Pagos STP, ColtoMoney, Cuenca y Mexpago.
Recientemente, este medio informó sobre algunas instituciones a las cuales el regulador les había negado la autorización. En concreto, la CNBV ha negado el aval a las instituciones de fondeo colectivo Propeler y Cumplo, mientras que otras, como Inverspot, han desistido del proceso de autorización antes de haber obtenido una resolución por parte de la autoridad.
En materia de instituciones de fondos de pago electrónico, las rechazadas que se han identificado han sido Flink, Mibo y Cacao PayCard, la cual brindaba soluciones fintech as a service (Faas) a otras plataformas como BNEXT, Clip, Jefa, Kapital, Lana, Meta, Oyster, Tauros y Warp.
El modelo Faas permite que empresas que están en vías de su autorización, o son autorizadas, puedan brindar servicios a otras plataformas y a su vez éstas ofrezcan servicios que son operados por las primeras. Por ejemplo, en la banca, donde el modelo cambia de denominación a banking as a service, Accendo, recientemente revocado, tenía convenios con organizaciones como Rappi, Cuenca, BillPocket, Swap, delt.ai y Nium para que éstas pudieran ofrecer servicios y productos propios de un banco, pero bajo sus marcas.
En este contexto, hace algunos días la plataforma UnoDosTres recibió la noticia de que no sería autorizada como institución de fondos de pago electrónico. Esta organización tenía convenio con el gigante Ualá para administrar las cuentas de esta marca.
En una postura solicitada a Ualá, la firma indicó que los usuarios actuales de esta empresa pueden hacer sus operaciones de manera normal, mientras que se está en un proceso de adaptación a este escenario para hacer crecer su número de clientes, que hasta la fecha son más de 300,000.
Las empresas a las cuales se les niegue la autorización, no pueden abrir nuevas cuentas y tienen que encaminar el fin de sus operaciones actuales.
Fuente: EL ECONOMISTA
Autor: Fernando Gutiérrez