El Servicio de Administración Tributaria (SAT) nunca pidió la Constancia de Situación Fiscal puesto que no es un requisito del SAT, comentó en Palacio Nacional Raquel Buenrostro Sánchez, jefa del Servicio de Administración Tributaria.

“No se pidió nunca la Constancia de Situación Fiscal, ahorita no es obligatoria porque se hizo la prórroga desde hace un mes y (entrará en vigor) hasta el primero de enero del 2023. A nadie se le puede condicionar su trabajo”, dijo Buenrostro durante la conferencia de prensa matutina.

La Constancia de Situación Fiscal ha estado en la mira de los trabajadores y empleadores en las últimas semanas pues es necesario corroborar que el Código Postal del domicilio fiscal esté actualizado para que los patrones puedan timbrar la nómina y deducir impuestos con la versión 4.0 del CFDI.

Cabe recordar que hay más de 47.2 millones de contribuyentes registrados.

“¿Por qué se hizo eso?, esto es una medida preventiva para las empresas factureras o las empresas fantasmas, además de facturar gastos que no existen, también facturan nóminas que no existen”, dijo la jefa del SAT.

Buenrostro Sánchez explicó que la medida del Código Postal obedece a que las empresas factureras en ocasiones sacan el RFC de la Clave única de Registro de Población (CURP) y como hay un validador de RFC complementa los datos del trabajador e inventan el Registro Federal de Contribuyentes.

Recordó que los principales afectados por los actos ilícitos de las empresas factureras son los jóvenes de 18 años y los adultos mayores.

En cuanto a la obligación de poner el nombre o razón social en la factura, la jefa del SAT mencionó que las empresas fantasma retomaban el RFC en donde las iniciales eran de entes públicos.

“Hemos encontrado cuando se compran carros deportivos, que se usan mucho para lavar dinero, usan un RFC que tiene las mismas iniciales del Instituto para Devolver al Pueblo lo Robado (Indep), entonces ponen como si la factura fuera del Indep”, detalló Buenrostro.

Situación con Alsea

El SAT quitó de manera temporal el embargo a las cuentas de Alsea a quien se le requiere el pago de 3,881 millones de pesos en impuestos derivados de la compra de la cadena Vips, explicó Raquel Buenrostro.

“Muchas veces cuando se inicia un proceso ante el tribunal, el tribunal ordena una suspensión temporal del cobro en tanto se determina o toma la resolución. Entonces, mientras decide el tribunal nosotros estamos en una suspensión de acción”, comentó.


Fuente: EL ECONOMISTA
Autor: Santiago Nolasco