En estas situaciones, el SAT da hasta 30 días hábiles para que los contribuyentes hagan el pago de sus multas, contra cargos y créditos fiscales pendientes. Si no se hace en este plazo, habrá otras sanciones por no cumplir.

 

El SAT ofrece descuentos para quienes pagan antes de los 30 días. También, existe la opción de pedir una prórroga o que el pago de la multa se haga a meses.

Las multas fiscales se pueden pagar hasta en 36 mensualidades con importes fijos, o se puede pedir hacer un sólo pago, dentro de los 12 meses siguientes a que se realizó esta solicitud. Este arreglo funciona tanto para personas físicas, como morales.

En caso de que no se realice el pago en los plazos estipulados, el SAT podría congelar las cuentas bancarias o solicitar una orden de embargo, con el fin de poner en venta los bienes del contribuyente y con eso cubrir el adeudo.

De igual manera, si no se pagan las multas a tiempo, se corre el riesgo de entrar en la “lista negra” del SAT. Esto quiere decir que, el SAT notifica a clientes y proveedores de la situación fiscal actual del contribuyente.

Fuente: EXCÉLSIOR