El Instituto Mexicano de Contadores Públicos (IMCP) detectó que aún hay un desconocimiento por parte de los contribuyentes en la implementación del complemento Carta Porte.
El desconocimiento, apuntaron, se reflejan en todas las ramas comerciales e industriales, así como en un gran porcentaje del sector de importadores y exportadores.
Además, para estar en regla con la nueva disposición fiscal, los contribuyentes deben de hacer una inversión en equipos, sistemas, procesos, capacitación y personal para "no limitar la eficiencia de la cadena de valor", comentó en rueda de prensa Verónica Vázquez Bravo, vicepresidenta de la Comisión de Comercio Internacional del IMCP.
Mientras tanto, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) informó por la mañana que más de 57,000 contribuyentes ya emiten sus facturas electrónicas con el complemento Carta Porte.
De los que destacan grandes empresas como Bimbo, Bachoco, DHL, Cemex, Estafeta, Palacio de Hierro, Liverpool, entre otras.
Información excesiva
La información que requiere el documento complemento Carta Porte es excesiva y el contribuyente puede correr el riesgo de ser acusado de contrabando.
"Sería conveniente que el uso del complemento Carta Porte sea para acreditar el traslado y transportación de bienes o mercancías y no tanto así acreditar la tenencia o posesión legal de los bienes", comentó en rueda de prensa José Luis Gallegos Barraza, presidente de la comisión fiscal del IMCP.
El integrante de la comisión recordó que para acreditar la posesión legal de los bienes existen otros documentos como las facturas, contratos o pedimentos de importación.
Mientras tanto, por la mañana, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) reveló una nueva prórroga para la implementación del complemento Carta Porte hasta el 30 de septiembre, en sustitución del 31 de marzo.
Por lo tanto, este nuevo periodo de familiarización aún no conlleva multas y sanciones a los contribuyentes que no expidan su Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) de ingreso traslado con complemento Carta Porte.
En este tenor, el agremiado del IMCP declaró que el SAT debería de matizar el alcance de las sanciones y multas. En particular que no se configure la presunción de contrabando para mercancías o bienes que no son de procedencia extranjera.
"Nos parece un error que en el traslado de mercancías con origen en el territorio nacional y no tenga complemento Carta Porte porque, de acuerdo con el Código Fiscal de la Federación, con trabando es la introducción ilegal de bienes sin haber pagado los impuestos correspondientes", agregó.
Fuente: EL ECONOMISTA