El hecho de que a partir de 2022 el SAT pueda notificar al contribuyente, por medio del buzón tributario, que le embargará sus cuentas de banco o algún bien inmueble, no es algo tan negativo, ya que por lo menos les avisarán, afirmó Diego Cuevas Estandia, socio de la firma GLZ Abogados.
Precisó que actualmente se estaba volviendo una práctica común que la autoridad tributaria no notificaba de un embargo y los contribuyentes se venían enterando en el banco, que tenían embargadas sus cuentas.
Con las nuevas disposiciones fiscales te podrán notificar embargos vía el buzón tributario, enfatizó. “Como están las cosas no es algo negativo, porque en la actualidad muchas veces el SAT ni siquiera notifica esos embargos, es ilegal que no lo hagan, pero aun así es como actúan, muchas veces uno se entera porque va al banco y no le permiten hacer transferencias, cambiar cheques etcétera, o te llegan a notificar a veces que ya se trabó un embargo, sobre un inmueble en el registro público de la propiedad y del comercio”, dijo.
Recomendó a todos estar muy atentos de su buzón tributario. En caso de que les sea notificado un embargo por esa vía, deben saber que tienen medios de defensa e impugnación. Explicó que el buzón tributario está vinculado al correo electrónico personal de los contribuyentes. Los embargos, en el 95 por ciento de los casos, se hacen una vez que las autoridades fiscales le hicieron una auditoría al contribuyente.
El buzón tributario está vinculado al correo electrónico personal de los contribuyentes. Los expertos recomiendan revisarlo al menos una vea a la semana.
Fuente: EL FINANCIERO