México, con marco normativo permisivo para las criptomonedas: CryptoFintech

Todavía no existe un estándar global respecto a la regulación de estos instrumentos, pero hay avances en ciertas regiones.

Ante la regulación que ha surgido en México para el ecosistema de criptomonedas, el país se ha posicionado como una de las naciones con leyes y normas permisivas para estos instrumentos, de acuerdo con un análisis de la firma CryptoFintech.

Según el estudio “Estado Legal de los Criptoactivos en el Mundo”, para tener un enfoque que permita el sano desarrollo de este ecosistema es necesario evitar una regulación excesiva, pero tampoco es conveniente que no existan normas al respecto.

“El exceso de regulación puede generar costos iniciales en la adquisición de una licencia, presión tributaria y controles muy estrictos para el intercambio de criptoactivos, sofocando los esfuerzos de todos aquellos que quieren innovar en la materia”, se puede leer en el documento.

Con la falta de regulación —añade—, existen riesgos inminentes, tales como el lavado de dinero, el financiamiento al terrorismo, fraude y ransomware, dichos problemas pueden derivar en pérdidas significativas para los consumidores, empresas o inversionistas, lo que genera un impacto en la estabilidad financiera.

De acuerdo con el documento, el modelo de regulación de criptoactivos debe de ser proporcional y contemplar los riesgos, por lo que se debe de incluir la claridad de las expectativas regulatorias para la industria, el impacto potencial sobre la competencia, la innovación y la inclusión financiera.

“El acercamiento debería también considerar y reflejar discusiones internacionales y colaboraciones, mediante instituciones que establezcan normas para apoyar la armonización de los acuerdos”, destaca el informe.

En México, la Ley para Regular las Instituciones de Tecnología Financiera, conocida como Ley Fintech, promulgada en el 2018, obligó a Banco de México a emitir la regulación correspondiente respecto a las criptomonedas y el sistema financiero, por lo cual decidió que las instituciones financieras no pueden trasladar las operaciones con estos instrumentos, así como sus riesgos, al usuario final y sólo pueden hacer uso de la tecnología de los mismos para manejo interno.

Sin embargo, esta disposición no es restrictiva para el ecosistema, pues aquellos proveedores de servicios con criptomonedas, como las plataformas de compraventa de estos instrumentos, pueden operar como una actividad vulnerable registrada ante el Sistema de Administración Tributaria y reportar a la Unidad de Inteligencia Financiera las transacciones para efectos antilavado.

El documento apunta que dentro de los marcos legales permisivos existen tres enfoques, como puede ser el de “esperar y ver”, es decir inicialmente no se emite una regulación específica y se observa el desarrollo del ecosistema para combinar leyes y reglamentos existentes con una estrecha vigilancia sobre el mismo.

Asimismo, se puede dar un enfoque de asociación público-privada donde exista una colaboración entre los reguladores y los participantes del ecosistema de criptomonedas para trabajar en conjunto para el diseño y aplicación de leyes.

Como última vertiente del marco legal permisivo existe el enfoque de regulación integral, que implica el diseño y aplicación de una norma específica que regula las actividades realizadas por cualquier tipo de entidad.

En algunas partes del mundo, como México, existen leyes y normas permisivas para la industria de las criptomonedas; sin embargo, en otras naciones la situación jurídica de estos instrumentos es parcial e incierta, además de países que no cuentan con un marco normativo o que tienen un enfoque totalmente restrictivo.

Fuente: EL ECONOMISTA
Autor: Fernando Gutiérrez