Para especialistas, castigos se debieron a las deficiencias en la aplicación del enfoque basado en riesgos.
Durante el 2020, la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) emitió 48 sanciones al sector bancario por fallas en sus procesos de prevención de lavado de dinero y financiamiento al terrorismo, las cuales sumaron 64 millones 318,430 pesos, monto que se ubica en niveles semejantes al 2017, cuando se impusieron 91 multas al sector por 63 millones 665,900 pesos estos motivos.
Las sanciones impuestas por la CNBV a la banca durante el 2020 por fallas en sus controles de prevención de blanqueo de capitales o financiamiento al terrorismo, significaron un monto mayor en 83.3% a las recientes multas impuestas a siete bancos por parte de la Comisión Federal de Competencia Económica por supuesta colusión en el mercado de valores.
Según lo observado en el portal de sanciones de la CNBV, si bien el número de multas fue menor respecto al de otros años por fallas antilavado, el monto sí fue mayor, al grado de ubicarse como el tercer registro histórico anual. Los mayores registros han sido en el 2014 y el 2012, cuando los castigos por deficiencias detectadas en los esquemas de prevención de blanqueo de la banca alcanzaron 114 millones 666,590 y 101 millones 734,637 pesos, respectivamente.
Dentro de las fallas encontradas por el supervisor en los bancos y que significaron los mayores montos de sanción del 2020, se encuentra la omisión de remitir a la autoridad correspondiente reportes de sus clientes de operaciones superiores a 100,000 dólares o de transacciones que van de 75,000 a 99,000 dólares.
La CNBV encontró deficiencias en la banca al no reportar operaciones de sus clientes por importes que van de 50,000 a 74,999 dólares o de transacciones que van de los 2,000 a los 2,999 dólares.
Si bien, la mayoría de las fallas detectadas corresponden al 2018, fue en el 2020 cuando la CNBV decidió sancionar.
La recomendación 35 del Grupo de Acción Financiera Internacional contra el lavado de dinero o financiamiento al terrorismo sugiere que los países miembros al organismo, como México, deben de asegurar que exista una gama de sanciones eficaces, proporcionales y disuasivas, ya sea penales, civiles o administrativas, con lo sujetos obligados que incumplan la regulación.
Para Miguel Tenorio, especialista internacional en gestión de riesgos, estas sanciones, que representan montos que en años anteriores no se veían, vislumbran una deficiencia en la aplicación del esquema basado en riesgos por parte de algunos bancos, así como fallas en sus sistemas informáticos relacionados con su labor de cumplimiento en materia de prevención de lavado de dinero y financiamiento al terrorismo.
“Estamos viendo el resultado de la obligación de la implementación del enfoque basado en riesgo y de las modificaciones que ha habido en los últimos años. Entonces, las consecuencias son porque se ha complicado la implementación del proceso de debida diligencia y de cumplimiento por la inclusión de nuevas obligaciones”, detalló Tenorio.
Fue en el 2017 cuando la CNBV emitió la modificación a la regulación para que las entidades del sistema financiero desarrollaran una metodología de un enfoque basado en riesgos en materia de prevención de lavado de dinero y financiamiento al terrorismo, respecto a sus tipos de clientes, países y áreas geográficas de las operaciones, productos, servicios y canales de envío vinculados a las transacciones.
De acuerdo con Tenorio, que existan mayores montos en las multas por fallas en materia de prevención de lavado, significa que la regulación de prevención de blanqueo transita a temas más complejos respecto a las sanciones que aparecían hace algunos años.
Fuente: EL ECONOMISTA
Autor: Fernando Gutiérrez