Las reformas que se prevén que se realizarán a la Ley para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita, conocida como ley antilavado, conllevarían cambios en la supervisión de distintas autoridades, pues, por ejemplo, la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) sería la encargada de supervisar las operaciones de activos virtuales, facultad que hoy recae en el Servicio de Administración Tributaria (SAT).

En su participación en el foro anual de la firma GMC360, Mireya Valverde Okón, directora de asuntos Normativos de la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF), indicó que el proyecto de reformas a la ley antilavado, actualmente atorado en el Senado desde el 2019, también buscarían el robustecimiento de facultades de algunas autoridades, como la próxima Guardia Financiera, la CNBV, las unidades de Inteligencia Patrimonial y Económica de los Estados, así como de la Agencia Nacional de Aduanas.

En este contexto, Valverde Okón comentó que, con las reformas, se prevé que la CNBV tome la supervisión directa de las operaciones con activos virtuales o criptomonedas.

Se pretende trasladar la facultad de supervisión que actualmente tiene el SAT a la Agencia Nacional de Aduanas de México respecto a la prestación de servicios de comercio exterior como agente o apoderado aduanal y a la CNBV por lo que hace al ofrecimiento de intercambio de activos virtuales por parte de sujetos distintos a las entidades financieras”, destacó.

En su momento, Santiago Nieto Castillo, extitular de la UIF, manifestó su intención de que la CNBV fuera la encargada de supervisar las operaciones con criptomonedas para efectos de prevención de lavado y financiamiento al terrorismo, dado el conocimiento técnico y la tecnología con la que cuenta este regulador para vigilar estos movimientos.

A raíz de la entrada en vigor de la ley para Regular las Instituciones de Tecnología Financiera, en marzo del 2018, también se obligó al SAT a tomar la supervisión de las plataformas de intercambio de activos virtuales como actividad vulnerable para fines de prevención de lavado de dinero y financiamiento al terrorismo.

En este sentido, actualmente aquellas operaciones que superen el equivalente a 57,800 pesos deben ser reportadas, mediante avisos, al SAT y a la UIF. Según datos de la unidad ahora a cargo de Pablo Gómez, del 2020 a septiembre de este año, se han presentado 4,779 avisos de las 23 plataformas que reportan dicha información.

Otras facultades

La funcionaria de la UIF puntualizó que las reformas a la ley antilavado también generarían que esta unidad pueda coordinar con la próxima Guardia Financiera, los mecanismos de recepción y análisis de información, prevención y detección en materia de lavado de dinero.

Asimismo, Valverde Okón apuntó que con las reformas también se crearían las reglas para que la UIF promueva la implementación de las unidades de inteligencia patrimonial económica de las entidades financieras, para que puedan generar información a nivel local para apoyar las investigaciones de dicha instancia.

La funcionaria de la UIF destacó la necesidad de aprobar el proyecto de reformas a la ley antilavado, pues actualmente México está bajo seguimiento intensificado por parte del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI) contra el blanqueo de dinero, por lo que se debe fortalecer el marco legal en materia de combate al financiamiento al terrorismo

“La justificación de esta reforma es cumplir con las deficiencias identificadas por el GAFI y también cumplir con los estándares internacionales y los compromisos que tenemos con la red global. Esta reforma, pretende robustecer el régimen antilavado para actividades vulnerables, que es un universo de 100,000 sujetos obligados”, acotó la funcionaria.

Fuente: El Economista
Autor: Fernando Gutiérrez