El abogado especialista en materia penal y exsubprocurador de justicia de la República, José Elías Romero Apis, descartó que el cambio de criterio del juez a petición de la FGR acelere el desahogo del caso.
La prisión preventiva justificada contra Emilio Lozoya, exdirector de Petróleos Mexicanos (Pemex), acusado de corrupción en el caso Odebrecht, es una victoria de la Fiscalía General de la República (FGR), afirmó José Elías Romero Apis, exsubprocurador de Averiguaciones Previas de la Procuraduría General de la República.
“Ella lo solicitó y lo obtuvo. Es un gol a favor de la fiscalía; aunque el partido no ha terminado es un punto a su favor".
De combatir la defensa del inculpado el cambio de medidas cautelares, explicó el abogado especialista en materia penal y exsubprocurador de justicia de la República, llevaría solamente a restaurar su circunstancia de libertad provisional.
"No estamos todavía hablando de la sentencia definitiva, ni del proceso definitivo ni de su culpabilidad o inocencia. Esa etapa todavía no ha llegado".
Romero Apis descartó, a pregunta específica, que el cambio de criterio del juez a petición de la FGR acelere el desahogo del caso.
"No lo creo. Son, además, distintos jueces el de control y el que llevará el juicio y dictará la sentencia definitiva. De hecho, esto pasará a un nuevo juez en su momento cuando se cierre esta etapa de preinstrucción", dijo
El cambio de medidas cautelares en el caso Lozoya, explicó, simplemente es una circunstancia, como sucede muchas veces todos los días.
"No es algo excepcional. Lo excepcional es la importancia del protagonista, del señor inculpado. Es un hombre famoso y fue un funcionario importante en otros regímenes; en fin".
En su opinión, el criterio de oportunidad aplicado no tendría que alterarse por el cambio de situación de libertad provisional o no del inculpado, además de que en estricto apego al artículo 256, fracción V, del Código Nacional de Procedimientos Penales, el Ministerio Público tendría que ir por un delito más grave que el que se imputa a Lozoya.
"No hay criterios de oportunidad para delatar a los cómplices sino para descubrir o resolver un delito distinto (…) es decir, otro delito, un delito más grave que le interesa a la sociedad y un delito en el que desde luego no tiene nada que ver el inculpado".
A lo mejor, dijo, la FGR y el inculpado están trabajando en otro delito del que nadie sabe ni tendría por qué saberlo, para cumplir con los requisitos del artículo 256; "no tienen ahorita por qué informarnos".
Fuente: EL ECONOMISTA
Autor: Rolando Ramos